viernes, 26 de agosto de 2011
Reglamentación para el manejo de residuos peligrosos
El pasado 30 de diciembre de 2005 fue publicado
oficialmente el decreto 4741 “por el cual se reglamenta
parcialmente la prevención y manejo de los residuos o
desechos peligrosos generados en el marco de la gestión
integral”. El decreto tiene como objeto la prevención en
la generación de residuos peligrosos y la regulación en
el manejo de los mismos para proteger la salud humana
y el medio ambiente. Es un primer paso legal hacia una
cultura para el manejo de residuos y una consciencia
ambientalista. En primera instancia se identificaran
a todos aquellos que en el marco de sus actividades
generen residuos “peligrosos”, es responsabilidad de
cada uno conocer sus desechos, en cuanto al tipo
de peligrosidad que representa, cantidad mensual
generada, frecuencia, etc., en la medida que cada uno
de los “generadores” tenga control sobre sus desechos
o residuos nos encaminaremos a una verdadera gestión
integral de residuos.
La norma aplica a todos los generadores de residuos
en el territorio nacional, entendiendo por generador
a cualquier persona natural o jurídica cuya actividad
produzca residuos o desechos peligrosos. Si tal persona
es desconocida, quien está en posesión de estos residuos
se define como receptor y sus obligaciones son similares.
También los fabricantes de productos o sustancias
químicas con propiedades peligrosas se equiparan a un
generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejo
de embalajes y residuos del producto o sustancia,
para el caso específico el decreto hace referencia a
la responsabilidad de dichas empresas en el plan de
gestión de devolución de productos posconsumo. El
criterio global es que la responsabilidad es integral:
desde que se genera el residuo hasta que se dispone de
él con carácter definitivo
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