viernes, 26 de agosto de 2011

Reglamentación para el manejo de residuos peligrosos


El pasado 30 de diciembre de 2005 fue publicado 
oficialmente el decreto 4741 “por el cual se reglamenta 
parcialmente la prevención y manejo de los residuos o 
desechos peligrosos generados en el marco de la gestión 
integral”. El decreto tiene como objeto la prevención en 
la generación de residuos peligrosos y la regulación en 
el manejo de los mismos para proteger la salud humana 
y el medio ambiente. Es un primer paso legal hacia una 
cultura para el manejo de residuos y una consciencia 
ambientalista. En primera instancia se identificaran 
a todos aquellos que en el marco de sus actividades 
generen residuos “peligrosos”, es responsabilidad de 
cada uno conocer sus desechos, en cuanto al tipo 
de peligrosidad que representa, cantidad mensual 
generada, frecuencia, etc., en la medida que cada uno 
de los “generadores” tenga control sobre sus desechos 
o residuos nos encaminaremos a una verdadera gestión 
integral de residuos. 
La norma aplica a todos los generadores de residuos 
en el territorio nacional, entendiendo por generador 
a cualquier persona natural o jurídica cuya actividad 
produzca residuos o desechos peligrosos. Si tal persona 
es desconocida, quien está en posesión de estos residuos 
se define como receptor y sus obligaciones son similares. 
También los fabricantes de productos o sustancias 
químicas con propiedades peligrosas se equiparan a un 
generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejo 
de embalajes y residuos del producto o sustancia, 
para el caso específico el decreto hace referencia a 
la responsabilidad de dichas empresas en el plan de 
gestión de devolución de productos posconsumo. El 
criterio global es que la responsabilidad es integral: 
desde que se genera el residuo hasta que se dispone de 
él con carácter definitivo

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